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Contratos en el BSDM

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Los contratos en el BDSM, son frecuentes dentro de las prácticas de sexualidad alternativa.

Contratos y BDSM
Es decir, aunque no tienen validez legal, son utilizados como una forma de establecer de manera clara y enfática los límites dentro del juego sadomasoquista.

Desde la postura legal, los contratos en el BDSM son considerados no solo ilegales, sino que además pertenecen a una tipología de delito.

Sin embargo, estos contratos son simplemente pactos escritos de forma privada entre dominante y sumiso.

Aunque como ya se mencionó no poseen eficacia jurídica, añaden picardía a la sesión de los juegos de dominación y sumisión.
La única motivación real para la elaboración de contratos, es agregar un componente emocional a una complicidad implícita dentro de la dinámica de la dominación.

Cada contrato se redacta y acepta de forma libre y consensuada. Existen para ello, muchos modelos en internet que pueden servir de guía los interesados.

Se puede decir que la validez de los contratos dentro del BDSM es sentimental únicamente.

No obstante esto no reduce el impacto emocional que producen para las partes involucradas.

Los contratos, como acuerdos escritos, reflejan y perfilan la dinámica de la relación de dominación y sumisión que se inicia o concreta mediante este medio.

Utilizarlos es una decisión personal, aunque usualmente este es un aspecto que se omite sin causar ningún contratiempo o disminuir la intensidad de la relación.

La sencillez o complejidad del acuerdo, dependerá exclusivamente de las condiciones que impongan y acepten los involucrados.

Para crear este tipo de acuerdo, solo se necesita discutir cuales aspectos serán permitidos, en ocasiones se incluye la duración y gradación de los estímulos o juegos en la sesión.

Las secciones y cláusulas designadas para contratos en el BDSM son variables en número y especificidad.

Contratos en el BDSM

Contratos en el BDSM
Es indispensable que ambas partes estén de acuerdo en las cláusulas.
Las negociaciones deben ser concisas, cuando se logran los acuerdos, estos deben revisarse antes de la firma.

Como parte de la evolución de la relación de dominación, los contratos deben revisarse esporádicamente para ajustarlos cuando sea necesario.

Los contratos, son susceptibles de modificaciones, ampliaciones o exclusiones en cualquier momento.
Se debe considerar siempre que las necesidades de los participantes pueden cambiar a medida que transcurre el tiempo o también si los lazos entre las partes se modifican.

Es decir, los límites pueden cambiar significativamente y estos cambios pueden reflejarse en el contrato.

¿Cuánto tiempo de validez tienen los contratos?

La duración de estos contratos en el BDSM es personalizable. Pueden elaborarse contratos por 6 meses o más tiempo.
Este tipo de acuerdo formal es muy común al inicio de relación de dominación 24/7.

Los contratos de menor duración también suelen ser comunes, de forma que el sumiso se adapte progresivamente a las cláusulas.

¿Cuánto tiempo de validez tienen los contratos?

¿Existen prórrogas?

Las cláusulas de prórroga, aunque no son la norma general, pueden estar señaladas desde el principio, para ello, se pueden especificar las circunstancias en las cuales se ampliar la prórroga.

Cabe destacar que los contratos en el BDSM, aunque no generen una obligación legal, significan un compromiso emocional.

Además, son el recordatorio de los compromisos que asumen las partes.

Un acuerdo escrito es especialmente significativo para el sumiso, pues éste le recordará sus deberes asumidos.
Por otro lado, funciona como un seguro ante el dominante porque establece los límites de la relación de dominación.

Cabe destacar que para los participantes de estas dinámicas relacionales un contrato representa un acuerdo consensuado, con una validez comparable a un acta matrimonial en muchos casos.

¿Qué contiene estos contratos?

  • Al igual que cualquier contrato, estos acuerdos poseen cierta estructura, aunque esta puede variarse para adecuarse a las necesidades particulares de las partes involucradas.
  • No obstante, generalmente se conforman de una manera bastante generalizada.
    La primera parte del acuerdo contiene la declaración.
  • En este primer párrafo, se identifica la parte sumisa, esclareciendo el tipo de “esclavitud” a la cual se adhiere de forma voluntaria.
  • Debe incluir sus datos, en algunos casos se utiliza el nombre real y en otros el seudónimo por el cual será conocido durante la relación de dominación.
  • En los párrafos subsiguientes se hace una relación más detallada de la forma en la que se aplicara o desarrollara la condición del dominante.
  • Los deberes del sumiso, las prohibiciones y cualquier otra condición, será detallada en las clausulas. El número de ellas también es variable y se establecen mediante el consenso.
  • Usualmente, los párrafos finales incluyen las condiciones en las cuales se podrá modificar, extender o concluir el contrato.
  • Finalmente, se colocan las firmas y la fecha en la que se suscribe.

¿Qué contiene estos contratos?
Un contrato dentro de estas dinámicas relacionales, es simplemente un acto simbólico.

En conclusión, el mundo de la sexualidad alternativa que ofrecen las prácticas de dominación y sumisión y BDSM ofrecen todo un abanico de posibilidades para el deleite sensual más allá de las dimensiones tradicionales.

Por lo tanto, vale considerar que todo lo que se realice de manera sana, segura y consensuada puede favorecer el disfrute pleno de la sexualidad.